miércoles, 7 de marzo de 2012

#OpEuribor y los préstamos con doble personalidad


[OPINIÓN PERSONAL]

Y pensar que hay gente que todavía defiende la teoría de la sociedad capitalizada a través de entidades financieras.

Un mundo de ciencia ficción donde la producción está en "manos" de robots o "subhumanos".

Deberian pegarle una ojeada a los Señores de la Instrumentalidad, como para entender qué le pasaría a una sociedad así.

[NOTA ORIGINAL DE FACEBOOK DE 15M y OPEURIBOR.ES]

“De todas las formas de engañar a los demás, la pose de seriedad es la que hace más estragos”. Santiago Rusiñol i Prats (1861-1931), pintor y escritor español.

“Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo. Puedes engañar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo.” Abraham Lincoln (1808-1865), político estadounidense.

¿O sí que se puede? Éstas son las consecuencias prácticas de lo expuesto o denunciado sobre el euribor hasta ahora por #OpEuribor.

Los hechos con los que estamos tratando (la posibilidad de que no se hayan realizado las operaciones determinadas en las leyes aplicables) tienen consecuencias diversas y de notable importancia.

Sin que esto pueda ser considerado más que una opinión, se plantean las siguientes cuestiones: 
A pesar de nuestra insistencia en obtener la información necesaria para poder hacer lo que podría llamarse, de manera llana, la cuenta de la vieja, nos encontramos con la falta total y absoluta de todos los datos básicos. Se deniega cualquier acceso a los mismos.

Cualquier ciudadano, empresa, familia o institución, cuando acude a una entidad financiera, es informado de las ofertas que tiene a su disposición para solicitar un crédito. Y dicho préstamo tiene un precio.

Aquí surge la primera cuestión curiosa: uno puede ir a por un coche y observar cómo varían los modelos de una marca a otra, y por tanto los precios. Natural. Es un poco más extraño ver cómo varían los precios del mismo modelo y marca según los concesionarios, pero bueno, es lo que se llama competencia y es el margen de ganancia que cada vendedor esta dispuesto a asumir y su habilidad como vendedor la que determinará la venta. Pero el coche es el mismo. Aunque no cueste igual, pues puede variar unos euros arriba o abajo. Bueno, pues con el dinero sí que es extrañísimo, por que ése sí que es un bien exactamente igual en todos los puntos de venta. A pesar de ello, se lo venden a uno a distinto precio en todos sitios. Aquí sí que depende mucho de la habilidad del vendedor a la hora de que la venta se concierte o no. Esa habilidad casi siempre es la de la capacidad de engaño.

El precio, es decir, el interés, es el elemento esencial de toda operación de préstamo. El dinero es el mismo: uno lo toma, y devuelve la misma cantidad. Con respecto al contrato de préstamo, el capital carece de relevancia. El núcleo, lo interesante está en el interés del préstamo. Tanto es así que las leyes básicas (en nuestro país, el Código Civil) distinguen claramente como contratos y obligaciones diferentes aquéllas en las que, al prestarse dinero, haya o no un interés.

Sentada sobre esa premisa toda nuestra legislación, el derecho, nuestras normas y las de otros países se ocupan de manera esencial y especial del asunto de los intereses, del precio del dinero cuando éste se comercia para particulares por las entidades de crédito. No hay normas para los bancos cuando estos comercian entre sí, son libres. Y todo ello, con una sola finalidad: proteger al que pide un préstamo, al consumidor, al empresario o a cualquiera que acude al banco o a la entidad financiera a solicitarlo. La razón: los riesgos que para ese particular entraña tal conducta. Es mucho más peligroso que jugar con drogas. Aquí, en el préstamo, con toda seguridad, terminas enganchado.

Uno acude al banco y pregunta por un buen crédito. Si usted me pide dinero, yo se lo doy, le dice la entidad. Tiene dos opciones, ya clásicas. Comprar una cosa (el dinero) a precio fijo y determinado. Yo le doy 100, y usted me devuelve esos mismos 100 al 6% fijo durante diez años. A primera vista parece que quien ha pedido el dinero tiene que devolver 106, y todo ello en diez años. Ja. No es tan sencillo. Usted en realidad no devolverá esta cantidad, y por tanto el dinero no se lo habrán vendido al 6%. Si el banco es bueno y no muy canalla, cada año deberá devolver el 6% de lo que le quede por devolver. Y conjugará o mezclará en la devolución, cada mes, una parte de lo que pidió y una parte del precio de lo que pidió: el interés.

Así, el primer año, el 6% de 100 es bastante. Seis, nada menos. Y por eso usted pagará mucho interés en cada cuota mensual, y muy poco del capital que pidió. El segundo año, usted habrá devuelto un poco de capital, y por tanto (pongamos el caso de manera sencilla) usted sólo debe ya 90, y esos 90 continúan produciendo un interés del o al 6%. Ya puede usted pagar algo más de capital y un poco menos de interés.
Y así año tras año, hasta completar los diez en que acordaron devolver el dinero prestado o comprado, y su precio o intereses. Por eso, el último año, su cuota mensual tendrá mucho de devolución de lo que pidió, y muy poco de interés, por que ya le queda poco capital (lo que pidió) por devolver.

Al cabo de diez años, si ha sido bueno, usted ha cumplido con su obligación y le ha devuelto a su banco el dinero que éste le dejó, vendió, o le prestó, como quiera llamarlo. Lo que pasa es que si ha sido bueno, no le habrá devuelto al banco 106. Probablemente le haya devuelto al banco 130. O más.

¿Qué ha pasado? ¿No le dijeron que el tipo que pactaban usted y el banco era el 6%? Ahora vendrían una serie de explicaciones metafísicas, hechas por sesudos economistas e incluso por razonables juristas, que podrían justificar que no, que usted realmente ha pagado un 6% de interés, aunque a su bolsillo le haya quedado la sensación de que ha pagado un 30%. Todas ellas muy válidas. O no.

La mas correcta es una sola: usted en realidad no tiene ni idea de qué es lo que le han vendido, y menos aún de qué es lo que ha firmado.

Tratarán de convencerle de que la inflación hace que el dinero pierda valor y que por eso se aplica el interés como se lo aplican, para corregir esa pérdida cada año. Que si usted pidiera el dinero y lo devolviera en un año, usted pagaría por ese dinero 6, y no 30, y que en realidad está pagando 6 durante esos diez años, aunque al final usted ficticiamente haya pagado 30. Los treinta son una ficción. Aunque su bolsillo diga otra cosa. No se preocupe.

Claro que, si usted pregunta ¿por qué hay inflación?, la explicación más sencilla es que se debe a la existencia de los intereses que hay que pagar por pedir dinero. Es la más sencilla, aunque no descarte que haya libros enormes que dan otras explicaciones, todos ellos redactados por excelentes economistas que no explican el fenómeno. Harán que usted crea en ella, pero no le convencerán. De todas formas, ése es otro tema.

El ejemplo no tiene importancia si usted ha pedido 100. Sí tiene importancia, y bastante, y es un problema, cuando usted pide 100.000, o más. Hay gente que pide hasta 200.000 o incluso 300.000. Hablamos siempre de gente normal, del 99%. No sería problema si usted gana 60.000 o más al año. Pero… ¿a que la mayoría no gana eso?

Entonces, ¿qué pasa? Pues lo que le contamos antes: que hay un buen número de normas que regulan ese contrato que usted y el banco hacen. Porque, no se engañe, el legislador sabe de antemano que usted no tiene ni puta idea de lo que va a hacer (si usted supiera de qué trata el contrato probablemente no lo firmaría). Y por eso trata de que no le engañen mucho.

La segunda modalidad clásica es la de pedir dinero y pagar por él un precio desconocido. No fijo. Usted compra una cosa, pero no sabe cuanto pagará por ella. A pesar de ello, la compra. Allá usted.
Pues bien, entre esas normas, están aquéllas que regulan e imponen obligatoriamente una serie de condiciones y límites cuando lo que le van a vender a usted es dinero, pero éste no tiene, o no tendrá, un precio fijo.

No, no tiene precio fijo. Usted va comprar un producto, y ese artículo, que es caro, por definición no cuesta 6, por ejemplo. No. En esta segunda modalidad, ese producto costará 6 un tiempo, 8 otro tiempo, o, si tiene suerte, costará 4 un ratito. Claro, como usted comprenderá, es un tema delicado eso de vender y comprar algo en el caso de que el precio no sea fijo, y usted en realidad no sabe ni siquiera cuánto le va a costar en el momento de comprarlo.

Es un poco extraño ir a comprar algo y aceptar que no le digan cuánto cuesta exactamente. Imagine que va a por unos zapatos, y al comprarlos, el vendedor le dice que 60, 70, 80, o 50. Si usted acepta esta modalidad de venta, puede que usted me pague por los zapatos 50. Anímese hombre, arriésguese, que es un chollo. Que como me diga que usted quiere un precio fijo, yo se lo tengo que vender a 70, que no me queda más remedio.

Por eso el legislador se tomó la molestia de dictar un puñado de normas. A ver que hacían los listos que se decidieran a comprar dinero sin cerrar el precio, no fuera a ser que metieran la pata. O al menos eso dijo el Gobierno antes de dictar las normas. Pretendía protegerle a usted del comportamiento del banco.

En primer lugar, era necesario que ese precio no lo determinara el vendedor a su antojo. Lógico, por que si uno va a por los zapatos y el vendedor le dice que si se los lleva a plazo y sin precio fijo (o sea, variable); y además que lo que le pagará usted a él será menos que si se los compra con el precio fijo; pero que el precio indeterminado lo dirá o pondrá el vendedor según vea o le apetezca; usted se da media vuelta y se va de la zapatería. A no ser que le ofrezca un buen precio fijo.

Por eso, un requisito sin el cual no se admitiría ningún contrato en el que se dispusiera que el precio del dinero que pagaría usted sería variable o no fijo sería que esa variable no pudiera determinarla ninguna de las partes del contrato. Ni usted (bueno, eso no era necesario ponerlo en la ley, a usted nunca le iban a dejar poner el precio) ni el banco, de ninguna manera, podrían fijar el precio del dinero cuando ese precio fuera no fijo.

Es más, como ese precio del dinero era lo más importante del contrato de préstamo, no sólo no se permitiría que fuera el banco el que lo determinara. Entonces estaríamos en el caso del zapatero que hace lo que le da la gana, y usted nunca se compraría unos zapatos a precio variable si es el zapatero quien decide la variable. Por ello, las formas de determinar ese precio de ninguna manera podrían ser influenciadas o intervenidas o manipuladas por el banco. Ni actuando solo o ni en complicidad con otros bancos.

Y además, para que a usted no le engañaran mucho, el resultado de la forma de determinar el precio variable debería ser simple. Que fuera posible determinarlo mediante una sencilla operación matemática.

La ley utilizaba los términos procedimiento matemático objetivo, pero hasta ahora prefería no utilizar esas palabras hasta que los matemáticos no me aclararan si son posibles los procedimientos matemáticos subjetivos. Dos mas dos son cuatro, objetivamente. Subjetivamente dos mas dos son cinco, porque a mi me sale de… Aunque después descubriría que si, que el procedimiento de cálculo del Euribor es subjetivo. Del tipo de las famosas ecuaciones de por que a mí me sale de los…)

Dos requisitos, por tanto, vitales: 1) Que el banco no sea quien haga lo que le de la gana. 2) Que lo que se pusiera en el contrato como referencia, debía ser sencillo y objetivo. Esas eran las normas.
Estoy seguro de que ningún notario le advirtió, además de leerle el contrato de hipoteca o préstamo, de que usted lo que estaba firmando era un contrato aleatorio. Aleatorio, recuerde la palabra, por que esa es la clave. Aleatorio es que la voluntad de las partes no influye en el resultado esencial que determina el contrato. El resultado dependerá de otra cosa. Pero no de la voluntad de ninguna de las partes. Ni de usted, ni del banco en concreto que le vende el dinero.

Debemos hacer un inciso crítico con los notarios: si hubieran cumplido, además de con su función de dar fe, con la finalidad de informar y explicar, tendrían que haber advertido al 80% de los prestatarios que lo que estaban haciendo era una locura. Pero no lo hicieron.

Siendo así las cosas, usted, a pesar de todo, se arriesgó. Se arriesgó porque usted confiaba en la buena fe del banco, y en la buena fe del supervisor (el Banco de España, nada menos), y en la buena fe de las leyes. Pensó que usted era listo, y que el dinero que le vendían era muy barato, que era una buena compra. O a lo mejor no pensó nada de eso, pero no lo quedó más remedio que firmar y confió en el mínimo daño.
En cualquiera de los dos supuestos, usted pensó que si referenciaba el precio de lo que estaba comprando a un índice llamado Euribor, que incluso estaba descrito en el BOE; explicado en las mismas normas, con formulas matemáticas y todo; y en cuya fijación intervenían muchísimos elementos, muchos sujetos de muchas partes, y diariamente; y era el índice más barato, era el mercado, el contrato debía ser seguro, neutro y objetivo.

Luego nos enteramos de que el mercado no era uno, sino varios: los mercados. Y que además de esos varios, no había ni uno del que decir algo bonito. Menos mal que al final de la historia les mostraremos que los mercados en realidad son unos señores que pagan a los medios de comunicación para que hagan publicidad de ellos sin que parezca publicidad. No se crean que las bolsas son noticia. Pagan por ser noticia.

Porque claro, cómo no fiarse si ese índice, el Euribor (qué palabra mas chula y moderna), estaba respaldado por los bancos más importantes del mundo. Y se refería al precio al que los bancos se vendían entre sí lo que su banco le estaba vendiendo a usted. Y como se refería a muchos bancos de la zona euro, y a muchas operaciones de venta de dinero, usted confió. Operaciones por mucho dinero, claro, que no es lo mismo que venderle dinero a usted, un pardillo en comparación con todo eso. A ello se añadía que, para que fuera tan bajo, debían esos bancos estar comprando y vendiendo al por mayor ingentes cantidades de dinero. Mucho dinero, todo el dinero, por lo menos. Y que eso era bueno, porque trataba el índice de indicarnos el precio real del dinero, es decir, cuánto le costaba a su banco el dinero que luego le vendía a usted. Pues lo dicho, usted confió. Luego el banco, amablemente, se lo vendía a usted a un poquito más: +0’25, +0’50, +0’75 o +1’25, por ejemplo. Tampoco estaba tan mal. Y encima a treinta años. Treinta años no es nada.

Las normas establecían que habrían de ser al menos doce bancos cada día los que cruzarían operaciones de depósitos de millones de euros entre ellos (bueno, esto no lo decían, pero usted, como todos, no se imagina que el interbancario sean operaciones de depósitos de cinco euros, ¿verdad?; uno espera que sean millones, muuuuchos millones). Y que al menos serían de tres países diferentes esos doce. Y que eso quedaría claro cada día antes de las 11 o 12 de la mañana. Y que si algún día pasaba algo raro, se advertiría a todos los usuarios del índice de que había pasado algo raro.

Y como usted se fue a ver cómo funcionaba el índice; y vio usted que todos los bancos, todos los días, proporcionaban datos, es decir, todos hacían operaciones entre ellos (y mire que eran muchos, 44 ni más ni menos, todos operando, que más que confirmar lo que pretendía ver, debió usted sospechar); y desde hacía años todo funcionaba perfectamente, siempre lo hacían así; y aquello le pareció correcto, pues lo dicho: usted firmó.

Aquello aparentaba ser un buen método de fijar el precio del dinero que usted estaba comprando. Era aleatorio, era objetivo, y no podía quedar en manos de su banco. Así que usted firmó. Esas eran las reglas, su banco las cumpliría y usted cumpliría con sus obligaciones. Ambos, el banco y usted, firmaron confiando el uno en el otro. Qué bonito.

Además, en última instancia, el índice parecía infalible, por que siempre estarían las operaciones reales de préstamos o depósitos que los bancos se hacían unos con otros para poder comprobar todo el proceso. Cada día, un puñado de bancos habrían hecho depósitos en euros a un plazo de un año, en otro banco o con otro banco (o como dice la norma: “entre bancos”, y por unos cuantos millones), y sería identificable qué bancos fueron los que hicieron eso, y a que tipo de interés lo hicieron.

Porque, aunque los datos se perdiesen en el mismo sistema, esas operaciones deberían de estar en los balances anuales, en las cuentas que los bancos depositan en los Registros Mercantiles todos los años. Así que, ¿por qué desconfiar? Siempre se podría verificar las operaciones en algún sitio, ¿verdad?
Era algo real, no lo que le diera la gana al banco. No era una fantasía, era algo real.

Porque si usted se entera de que el precio aleatorio de su compra depende de una oferta sin posibilidad alguna de materializarse, o de algo que en realidad se parece mucho a que el zapatero del ejemplo sea el que fija el precio de los zapatos a su antojo, usted no firma eso. Si el zapatero le dice que, como hay muchas zapaterías en la calle, el precio será el precio medio de todos los zapatos que se vendan en la calle… pues fabuloso. Salvo que, en realidad, no se vendan zapatos.

Todo lo que supusiera que el precio no fijo dependiera de la mera voluntad del banco, y no de algo aleatorio, no quería usted ni verlo en su contrato. Porque entonces, ¿qué diferencia habría entre lo prohibido en las normas jurídicas y lo que le pudieran hacer a usted? Ninguna, se lo digo yo. No habría ninguna diferencia. Lo prohibido y lo que le harían sería lo mismo.

Bueno, el caso es que usted se fue de la notaría tan tranquilo, todo parecía estar en regla. Suponiendo que usted contrató su compra y el inicio de su devolución en 2005, la cosa no era tan mala. Suponiendo que usted fuera del tipo medio del 99%, usted podría estar pagando 500 euros de cuota mensual. Al principio, de esos 500, allá por 2006, 100 serían para devolver lo que le vendieron, y 400, para pagar el precio (los intereses de lo que le vendieron).

Todo bien. Se jodió un poco la cosa cuando el 2008 y 2009 usted empezó a pagar no 500, sino casi 700. Madre mía, qué subida, qué burrada. En fin, qué se le va a hacer, era algo que podía pasar.
Los mercados. Así son los mercados, inescrutables.

Usted pagó, a pesar de la subida, por que nunca sospechó que el indice se hubiera inflado artificialmente. ¿Cómo iban a manipularlo, si en cualquier momento yo podría pedir que me enseñaran las operaciones que estaban haciendo los bancos entre sí, y podría comprobarlas y ver que efectivamente se estaban haciendo depósitos entre ellos, los bancos que formaban el mercado, a un precio que era el doble que cuando comenzó el contrato?

Nada, nada, ya vendrían tiempos mejores.

Y efectivamente, usted sobrevivió a los malos tiempos. No fue uno de los pobres desgraciados que se fueron a la calle por esa subida del precio no fijo aleatorio que no pudieron pagar.

No, usted sí pudo pagarlo. Así que era justo que, si habían pasado los malos tiempos y usted había pagado en esos malos tiempos, cuando llegaran los buenos, pagara menos.

 Eso era lo que tenía de bueno el precio no fijo. Unas veces sería puñetero, pero otras no.
Y en esto que usted comienza a frotarse las manos, que el indice ha bajado mucho, que usted tiene un contrato aleatorio, y que ahora le toca resarcirse de lo mucho que pagó hace unos añitos. El índice estaba empezando a descender por debajo del 2%. Maravilloso.

Ah, amigo. Qué sorpresa, ¿verdad? No se había fijado usted en eso que llaman cláusula suelo. Claro, cómo iba a fijarse si había preguntado cuánto tendría que pagar al empezar, y pagaba menos de lo que esa maldita cláusula establece ahora. Hay que joderse. ¿Cómo era posible que usted no se hubiera dado cuenta?

Claro, que tontería, ¿verdad? A usted no le vendieron un dinero a un precio mínimo. Se les olvidó decirle que usted pagaría siempre un mínimo. Bueno, siempre no. El primer año o el segundo, no. Para que no se diera cuenta, claro.

Que sí, que el préstamo era variable, pero a partir de 3’5%. A partir de esa cifra era todo lo variable que el mercado y usted quisieran. Al alza, claro. A usted le dijeron: Euribor más 0’50. Y tan contento. En vez de tres y medio, y de ahí pa arriba, que era lo que estaba usted firmando en realidad. ¿No le parece curioso que no recuerde un detalle tan importante?

Por debajo no.

Y si el contrato era aleatorio, variable… ¿por qué habrán puesto esa cláusula? Porque si a usted alguien le pregunta que describa su préstamo, que qué modalidad tiene o es, usted rápidamente pensará en dos modelos: o fijo, o variable. Usted creía que era variable, ¿verdad? Por que el contrato no admite discusión: es variable lo que el banco gana. Gana mucho, o si varía, gana más todavía.

Sobre esta cuestión del suelo hay diversas opiniones. Todas ellas equivocadas. Una de ellas, por ejemplo, dice:

“Este hecho pone de manifiesto en toda su amplitud la posición de dominio de la entidad de crédito que puede servirse deliberadamente de sus Servicios de Estudio y Análisis financiero y económico para sus propios intereses, lo que ahonda el desequilibrio entre las partes”.

Se ha discutido ante los tribunales si eso del suelo es justo o no por su desproporción, e incluso que, si el banco tiene información superior a usted, la cosa no es justa porque es un abuso. Y ahí está la equivocación.

El banco no sabe lo que va a pasar por que tenga unos analistas financieros muy buenos. Y no sólo unos, sino que puede que tenga muchos analistas financieros estupendos. Es más, el banco no sabe lo que va a pasar porque maneje cantidades ingentes de información que usted no tiene, ni por que pague a personas para que se dediquen todo el día (es su trabajo) a averiguar qué es lo que va pasar. No, no es por eso. Ni las cláusulas suelo son injustas porque no guarden proporción. Tampoco es esa la razón.
El banco sabe lo que va a pasar porque lo va hacer él. Y no es que lo sepa , es que está completamente seguro.

¿Los analistas y los servicios de estudios? ¿A que son monísimos y decoran mucho?
Se empieza usted a enfadar, ¿verdad? Pues no se enfade, que yo no he pedido ningún préstamo ni tengo nada que ver con los problemas de los bancos, y aquí me tiene, ayundándole a usted y pagando parte de la factura. Yo sí que debería estar enfadado.

Pero es mejor no enfadarse y actuar con calma e inteligencia. Vamos a darle la vuelta al asunto. Todo lo que le hemos contado antes le habrá situado a usted en la realidad. Esperemos que de una vez por todas (aunque eso no es seguro). Y la realidad es la siguiente: usted no tiene un préstamo a un precio no fijo y variable, tal y como imponen las normas, y usted tiene una cláusula suelo. O sea, que usted sí tiene un préstamo a un precio fijo, variable al alza.

¿Qué hacer, madre mía, si tiene usted un préstamo con doble personalidad?

Reflexiones de un hackbogado (I)

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